Nuevo Plan E
El Estado ha aprobado el segundo plan de empleo del Gobierno de Zapatero, que en la Vega va a invertir 12.296 €uros en la obra denominada Rehabilitación de las antiguas escuelas para usos culturales.
Se da la circunstancia que para aprobar esta obra cuyo importe es menor de 200.000 €uros, puede hacerse por el procedimiento denominado "negociado sin publicidad". El cuál consiste en invitar a tres empresas a presentar oferta y se decide cuál es la más conveniente o la que más interesa a la intención municipal. Esta práctica es conocida por los contratistas y en algunas ocasiones se ha probado la colaboración que existe entre los pujantes del mismo gremio para repartir la obra de acuerdo a la localidad donde se celebra.
Así la legislación explica que el PROCEDIMIENTO NEGOCIADO se desarrolla en los artículos 153 y siguientes de la LCSP y de ella nos interesa saber:
- Que la adjudicación recae en el licitador justificadamente elegido por el órgano de contratación, tras efectuar consultas con diversos candidatos y negociar las condiciones del contrato con uno o varios de ellos.
- Que puede aplicarse sin ni siquiera necesidad de publicidad cuando el importe es inferior a 200.000 euros en los contratos de obras y 60.000 euros en el resto de contratos.
El órgano de contratación debe solicitar ofertas, al menos a tres empresas capacitadas, pero añade la ley (artículo 162.1) que siempre que ello sea posible.
En los artículos 153 a 159 de la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público, se indican los supuestos en que puede aplicarse el procedimiento negociado (por ejemplo cuando el contrato no llegara a adjudicarse en un procedimiento abierto o restringido por falta de licitadores o porque los presentados no hayan sido admitidos a licitación, o cuando a causa de su especificidad técnica, sólo pueda encomendarse a un determinado empresario; o aquellos servicios en los que no sea posible promover concurrencia en la oferta).